DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES
DEFINICIÓN
Se entiende por derecho el conjunto de acuerdos y criterios que le permiten a la comunidad educativa el pleno desarrollo de sus potencialidades individuales y sociales y su crecimiento personal a través de las relaciones establecidas a lo largo de su vida. Todo derecho implica un deber con el otro y con la comunidad educativa.
DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES
- Son derechos fundamentales: la vida, la integridad física, la salud, la educación y la cultura, el descanso y la recreación, la libre y respetuosa expresión de la opinión y la integridad moral.
- Recibir información oportuna en todo momento, sobre la filosofía, el proyecto educativo institucional, la visión, la misión, objetivos, el manual de convivencia, y demás normas de la institución, así como a participar en su modificación, de acuerdo con sus competencias y facultades.
- Conocer y analizar los compromisos que asumen con la institución al momento de su ingreso, así como las normas que deben acatar, respetar y difundir por su calidad de estudiantes.
- Recibir orientaciones y asignación de tareas cuando se requieran para la superación de las insuficiencias académicas y/o de comportamiento.
- Tener un debido proceso ante las faltas comportamentales siendo conocedor y partícipe del mismo, su acudiente.
- Recibir un trato respetuoso y digno por parte de todos los estamentos de la comunidad educativa.
- Encontrar en el personal docente un verdadero testimonio de vida, competencia profesional, responsabilidad pedagógica, actitud ética, presentación de actividades significativas y evaluación de procesos.
- El respeto a su persona y a sus procesos de crecimiento, en un ambiente de tolerancia, respeto a la diferencia y al pluralismo.
- Contar con la asesoría espiritual, formativa, psicológica, comportamental, sexual y académica en el momento que lo requiera, recibiendo en igualdad de condiciones las orientaciones necesarias para su formación integral.
- Exigir que se le sirvan la totalidad de las asignaturas, eventos y demás actividades programadas por la institución.
- Formular sus propios proyectos tanto personales como grupales, que beneficien a la comunidad educativa.
- Elegir y ser elegidos para los cargos en los que puedan representar al estudiantado en el gobierno escolar. Quienes se postulen a los cargos de representación estudiantil, deberán consignar la propuesta de trabajo y presentarla ante a la comunidad para ser conocida. De igual manera los postulados deberán recibir capacitación y sensibilización por parte del responsable del proyecto.
- A revocar el mandato, en caso de que las personas elegidas no ostenten una representación digna, de acuerdo con los compromisos adquiridos con sus electores, como el personero o personera y los representantes al consejo estudiantil.
- Expresar en forma libre y responsable sus inquietudes y manifestaciones personales, sin contravención de las normas y usos de la sana convivencia.
- Poder hablar y ser escuchados en el momento oportuno y adecuado sin ninguna discriminación al presentar ante las instancias correspondientes los reclamos que consideren oportunos, en forma coherente y justificada cuando se presenten situaciones conflictivas.
- Obtener en cada asignatura el número de notas señaladas por el Ministerio de Educación Nacional y conocerlas antes de ser pasadas a secretaría.
- Que le sean devueltos los trabajos, e informes y evaluaciones con las observaciones correspondientes, en un plazo máximo de diez días lectivos.
- Tener una programación racional de actividades tanto académicas como culturales y de tiempo libre.
- Disponer de los medios básicos que favorezcan el logro de los objetivos académicos como son: tiempo, método, materiales y demás recursos curriculares y extracurriculares.
- Disfrutar de un ambiente de tranquilidad, sano y agradable que les permitan comprender y asimilar los contenidos formativos.
- Participar en diferentes agrupaciones juveniles que sean de tipo institucional y que las actividades promuevan el desarrollo personal y la proyección comunitaria.
- Recibir una adecuada atención en los servicios que ofrece la coordinación de bienestar estudiantil.
- Disfrutar del servicio de cafetería en las horas señaladas.
- A que se le expida el carné estudiantil.
- Recibir una formación e información científica, íntegra e imparcial en todas las asignaturas, de tal manera que estimulen la creatividad y la originalidad.
- Participar directamente o a través de representantes, en los organismos institucionales, en la planeación anual de actividades, realizaciones y evaluaciones del proceso de enseñanza.
- Que se le tengan en cuenta las excusas justificadas por ausencias y retardos justificados por el acudiente.
- Los estudiantes tendrán la posibilidad de recuperar los logros evaluados durante sus incapacidades médicas y licencia de maternidad.
- Participar en eventos como seminarios, encuentros académicos y culturales que reviertan en su formación integral.
- Destacar sus valores intelectuales, morales y méritos de cualquier índole, en actos cívicos y culturales.
- A ser apoyados cuando tienen talentos especiales.
- Recibir orientación y apoyo por parte de los servicios de psicología y psico-orientación respectivamente.
- Conocer las anotaciones que acerca de su comportamiento hagan: docentes, directores de grupo, coordinación, rectoría y el consejo directivo, en el libro de disciplina o en el observador del alumno, para hacer los descargos sobre las observaciones respectivas.
- A no ser sancionados dos veces por una misma falta.
- Que se analicen las excusas que justifican impedimentos para la no realización de determinadas tareas pedagógicas, tratando de hallar las alternativas pedagógicas correspondientes.
- A ser apoyados cuando tienen talentos especiales.
- A que sus inquietudes orales y escritas sean atendidas y resueltas por los docentes, directivos docentes y organismos del gobierno escolar, en un horario o plazo claramente establecido. Si se trata de docentes, puede ser durante la misma clase, durante una parte del descanso o en jornada contraria, según las posibilidades de los profesores. En el caso de las directivas y los órganos del gobierno escolar, en un tiempo prudencial según las posibilidades de cada uno.
- A la promoción anticipada de acuerdo con la ley y la reglamentación establecida por la Comisión de Evaluación y Promoción.
- Derecho al reingreso al mismo grado ante la insuficiencia de logros cuando existan las siguientes condiciones:
-Disponibilidad de cupos.
-Que sea primer reingreso al mismo grado.
-Que haya asimilado y cumplido las normas establecidas en este manual de convivencia y el contrato firmado en el momento de renovar su matricula, aceptando la educación como derecho-deber.
-Que haya presentado solicitud de reingreso en los plazos establecidos por la institución para la adjudicación de cupos.